El dispositivo, de la empresa cordobesa Dysem, no contaba con la autorización correspondiente.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficilizó este viernes la prohibición del uso, la comercialización y la distribución de un nebulizador.
A través de la disposición 9192/2018 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la ANMAT ordenó la prohibición de un producto rotulado como “Nebulizador Ultrasónico NUS21”, fabricado por la empresa DYSEM en el país.
El organismo instruyó realizar un sumario sanitario a la firma que desde 1980 desarrolla equipos médicos-familiares en la provincia de Córdoba.
También se iniciará un sumario sanitario a quien resulte ser su director técnico por los presuntos incumplimientos a la legislación vigente, dice la disposición oficial.
La ANMAT explicó que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) “entiende que es un producto sin las debidas autorizaciones para ser comercializado como producto médico”.
La DVS “consultó en el sistema de expedientes de esta Administración Nacional en la fecha de emisión del presente informe y no hallaron inicios de trámite realizados por la firma DYSEM S.A”, dice el texto oficial.